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Nueva normativa para establecimientos comerciales

Según el decreto aprobado en setiembre de este año, los establecimientos comerciales o industriales deberán solicitar habilitación previo al inicio de sus actividades.

Dadas las modificaciones realizadas en el Diegesto Departamental para habilitación de establecimientos comerciales o industriales, aquellos que requieran habilitación, deberán solicitarla antes de entrar en actividad y no posteriormente.

También debe solicitarse una nueva habilitación para alterar las condiciones o los destinos de los locales comerciales o industriales.

La Intendencia de Montevideo podrá impedir el funcionamiento de locales que hayan iniciado sus actividades sin pedir la habilitación correspondiente o habiendo esta sido negada.

La nueva reglamentación fue incorporada en el Diegesto Departamental con motivo de la aprobación del Decreto JDM Nº 35.217. 

Transcribimos a continuación los artículos correspondientes, del Título 1.1 “habilitación de establecimientos comerciales o industriales” , Parte Legislativa del Libro XV “Planeamiento de la Edificación”, del Volumen XV del Diegesto Departamental.

Artículo D.3307.1._Todos los establecimientos comerciales y/o industriales, que para su funcionamiento requieran la correspondiente habilitación de la Intendencia de Montevideo deberán solicitarla previo al inicio de las actividades.
En caso de comprobarse el funcionamiento de establecimientos comerciales y/o industriales que no hubieran solicitado la habilitación, o habiéndola solicitado fuera denegada, la Intendencia de Montevideo podrá impedir su funcionamiento.

Atículo D.3307.2._ No podrán ser alteradas las condiciones o los destinos de los locales comerciales y/o industriales habilitados sin que se haya solicitado una nueva habilitación que contemple los cambios solicitados.
En caso de comprobarse la violación de lo establecido en el inciso anterior, la Intendencia de Montevideo podrá proceder a la clausura del establecimiento, sin perjuicio de las sanciones pecuniarias que correspondan.
Para su rehabilitación, se exigirán la totalidad de las condiciones que correspondan al destino del local.